sábado, 17 de mayo de 2008

La confección de una Justicia a medida


El juez federal Norberto Oyarbide sobreseyó a tres directivos de la empresa Soho, que explotaba a indocumentados, por considerar que este sistema de extrema precarización corresponde a “pautas culturales de pueblos originarios”. Un fallo absolutamente ignorante y discriminatorio que demuestra, una vez más, la finalidad de la Justicia: la impunidad.

Por Luis Zarranz
   Cualquier ciudadano con un mínimo de información sobre la realidad del país tiene el derecho (y el deber) de sembrar sospechas sobre la Justicia argentina. Pero a veces las noticias superan lo imaginable: el juez federal Norberto Oyarbide sobreseyó a los responsables de una empresa de indumentaria, que explotaba a inmigrantes indocumentados, por considerar que este sistema de precarización era herencia de “pautas culturales de pueblos originarios”.
   Un fallo absolutamente discriminatorio para exculpar a tres directivos de la empresa SOHO, que vende su indumentaria a precios exorbitantes mientras paga a los costureros salarios insignificantes.
   Entre sus argumentos, si así se pueden llamar a la serie de conceptos nazis vertidos en el fallo, el juez sostuvo que ese modo de explotación sería herencia de "costumbres y pautas culturales de los pueblos originarios del Altiplano boliviano, de donde proviene la mayoría" de los talleristas y costureros, y que se trata de "un grupo humano que convive como un ayllu o comunidad familiar extensa originaria de aquella región, que funciona como una especie de cooperativa".
   El ayllu era una forma de comunidad familiar ampliada que trabajaba en forma colectiva en un territorio de propiedad común, en el Altiplano, donde todos obtenían el mismo beneficio y a lo sumo tributaban una parte de su producción al Estado incaico. La tradición dice que allí no existían prácticas discriminatorias ni la posibilidad de acumulación individual, todo lo contrario a esta forma extrema de explotación.
   La otra barbaridad que argumenta Oyarbide para sobreseer a los imputados es que no se encontraría probada la finalidad de los acusados de "obtener directa o indirectamente un beneficio" económico. Un disparate que no resiste ni el análisis de un nene de dos años. ¿Cómo es posible que tres gerentes no tengan como finalidad “obtener un beneficio económico”? El margen de ganancia de los talleristas, gracias a la explotación de personas, es gigantesco y es el que justifica cada una de estas vejaciones.
  
El origen
   La causa se originó a partir de una denuncia realizada por ex trabajadores de Soho y la Cooperativa La Alameda, con el aval de Liga Argentina por los Derechos del Hombre, tras una serie de inspecciones realizadas en 2007 por el gobierno porteño. En la investigación, el fiscal federal Patricio Evers determinó que la empresa Gilmar SA, que comercializa la marca Soho en los principales shoppings del país, terceriza la confección de las prendas en talleres clandestinos, donde trabajan extranjeros indocumentados.
   Las empresas madres que tercerizan su producción son co-responsables de las condiciones en que sus contratistas emplean a sus trabajadores. De esta manera, Sánchez Anterino, Gabina Sofía Verón y Hermes Raúl Provenzano, responsables legales de la firma Soho, estaban imputados por el delito de reducción a la servidumbre.
   La firma tercerizaba trabajos de costura en, al menos, dos talleres donde habían detectado la presencia de extranjeros indocumentados, que trabajaban doce horas por día, con haberes de entre 500 y 900 pesos mensuales y vivían en una piecita que les alquilaban los propios talleristas.
   En el momento en que se presentó la denuncia, el fiscal había asegurado: "Ningún empresario contrata un taller de costura sin tener un mínimo de contacto previo donde se le garantice el cumplimiento de los plazos y las normas de calidad". "Esta circunstancia de explotación laboral -añadió- no sólo no puede ser desconocida por los empresarios sino que, por el contrario, indica que es consentida y tácitamente favorecida, para obtener mayor producción a menor costo".
   El fallo racista y discriminatorio de Oyarbide, que culpabiliza a las víctimas por las condiciones en la que es empleado, fue apelado por el fiscal Luis Comparatore y por el abogado de la querella, Rodolfo Yanzón quien rechazó los argumentos que aluden a las "antiguas costumbres de los pueblos originarios”.
   Según el informe que Jaque al Rey elaboró, a pedido de los familiares de Cromañon y que fue entregado a cada uno de los legisladores porteños el 10 de diciembre pasado, el sistema de talleres clandestinos está basado en el tráfico de personas y el trabajo esclavo.
   Esa investigación reveló que: “Los talleres clandestinos no son un fenómeno aislado sino un verdadero sistema clandestino de producción basado en el trabajo esclavo. La trata y el tráfico tienen por objeto maximizar las ganancias y son un paraíso de flexibilización laboral donde no existe el más mínimo derecho laboral y donde se pone el riesgo de los trabajadores y sus familias que son obligadas a vivir y trabajar en pésimas condiciones. La lucha contra el trabajo esclavo no significa, en efecto, sólo un problema laboral sino ante todo de derechos humanos.
   Tal formidable sistema de violación sistemática de los derechos humanos, donde decenas de miles de inmigrantes son traídos mediante engaños de sus países de origen para ser sometidos a la más brutal explotación; donde se pagan centavos por prendas que se venden a precios astronómicos; donde la evasión en materia provisional, impositiva y de cargas sociales es varias veces millonarias no podría existir jamás si no existiera el consentimiento directo o indirecto, subjetivo u objetivo, de importantes áreas del Estado.
   Miles de esclavos pasan anualmente por las fronteras ante la mirada impávida de los funcionarios de migraciones; decenas de talleres pagan peaje a las comisarías y a los inspectores en los barrios de la Ciudad Autónoma y la cadena sigue, perpetuando así las condiciones de extrema vulnerabilidad de estos trabajadores”.

   Sin embargo, ahora resulta que los esclavos lo son por respecto a la cultura ancestral de su lugar de origen. El fallo de Oyarbide demuestra una ignorancia tal que obliga a debatir las capacidades mentales de un hombre encargado de administrar Justicia. No faltará mucho para que se argumente que los niños tobas de Formosa se mueren de hambre por “costumbre hereditaria”.
   La cultura aymara tiene, como pocas, una impresionante concepción de lo comunitario basada en la solidaridad. “Esto no tiene nada que ver con un sistema donde un grupo trabaja para un patrón que lo somete, doce horas por día, a destajo, un triste sistema de esclavitud", sostuvo el cónsul general de Bolivia, José Alberto González.
   "El ayni –trabajo en comunidad dentro del ayllu- no reconoce la esclavitud o la servidumbre; no existe la figura del caporal (capataz), todos son propietarios", enfatizó el cónsul. “Quien sostiene un argumento de este tipo -concluyó- lo hace por desconocimiento o por interés."

(Publicada en el sito "Jaque al Rey", 17 de mayo de 2008)

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